domingo, 26 de marzo de 2017

La blasfemia contra la Virgen María, Madre de Dios y Madre nuestra - Ernesto Alonso

La Blasfemia contra la Virgen María, 
Madre de Dios y Madre nuestra
Ernesto Alonso


Bien conocida, por viralizada en las redes sociales, es la imagen de la blasfemia perpetrada contra la Madre de Dios y contra Jesucristo, por parte de “Socorro Rosa Tucumán”, un grupo militante que simuló un atroz aborto declarando rechazar “el patriarcado, la heterosexualidad obligatoria y los mandatos de esta sociedad represora”.  
     
Hasta donde he leído y escuchado nadie ha definido dicho acto como corresponde. En rigor, se trata de una blasfemia que deshonra a la Madre de Dios y a Jesucristo, su hijo. En la II-IIae., de la «Suma de Teología», tratando de la virtud teologal de la fe, enseña Santo Tomás de Aquino que la blasfemia es un pecado que se opone a la confesión de la fe y consiste en una derogación de la divina bondad y también de la de los santos pues se alaban las obras que Dios hizo en ellos; y especialmente en María Santísima, la Bendita Madre de su Hijo Unigénito según la carne. La blasfemia niega de Dios lo que más le conviene, la bondad por esencia, y afirma lo que grandemente dista de la razón de bondad perfecta. Puede existir la blasfemia del corazón y también la blasfemia oral si exteriormente se manifiesta por la palabra y los gestos. Esta última, deroga o se opone a la confesión exterior de la bondad divina, cuya razón de ser engrandece la confesión de la fe. 
     
De allí que Santo Tomás enseñe que la blasfemia sea siempre pecado mortal porque ofende directamente la bondad divina, la cual es el objeto de la caridad, y sea también el pecado mayor pues tiene en sí la gravedad de la infidelidad, se agrava todavía si sobreviene la detestación de la voluntad y más aún si prorrumpe en palabras. Y en la respuesta a la 1ra. objeción del artículo 3, de la Cuestión XIII (II, IIae), comparando el homicidio con la blasfemia, Tomás enseña expresamente que “puesto que en la gravedad de la culpa se atiende más a la intención de la voluntad perversa que al efecto de la obra, en este concepto intentando el blasfemo inferir daño al honor divino, absolutamente hablando, peca más gravemente que el homicida”. 

martes, 7 de marzo de 2017

La Definición Metafísica de Dios - Francisco Canals Vidal

La Definición Metafísica de Dios
Francisco Canals Vidal


Santo Tomás no comparte las actitudes de quienes negaron la posibilidad de un lenguaje humano sobre Dios o de quienes pensaron que todos los nombres divinos son, en su contenido inteligible sinónimos. Porque concebimos a Dios a partir de las criaturas y ascendemos, por las vías de remoción, analogía y eminencia, a hablar de Dios con conceptos que tienen su punto de partida en las criaturas, tenemos que seleccionar y ordenar adecuadamente los nombres divinos.

Ningún concepto, genérico o específico, referente a lo que está al alcance de la experiencia y objetivación humanas, en los que se incluye lo que es propio de la finitud, como la potencialidad, la composición, la mutabilidad de los entes creados, es apto, a no ser metafóricamente, para ser empleado al pensar en Dios. Los nombres divinos están contenidos todos ellos o en el horizonte de los predicados “trascendentales”, o en el de los grados de perfección constituidos por niveles de participación en el ser, o en los que significan perfecciones referidas a operaciones espirituales inmanentes que, aunque en nuestra experiencia humana se dan con condiciones de finitud y receptividad potencial, y dualidad subjetiva-objetiva, en su propia naturaleza dicen razón de infinitud. Recordemos que el entender, según Santo Tomás, en su razón esencial es simplemente infinito, y la voluntad, por referirse al bien universal, trasciende en sí misma todos los fines particulares y contingentes de la praxis humana.

Por este punto de partida finito de los conceptos con los que nos podemos elevar hasta Dios, su simplicidad absoluta -que hemos de reconocer en Él porque todo lo compuesto es causado- no obsta para que, en el horizonte de nuestros conocimientos metafísicos, tengamos que referirnos a la “esencia” y a los “atributos” divinos. Nos ocupamos aquí de la cuestión de cuál ha de ser reconocido de tal modo como gnoseológicamente primario que pueda dar razón ordenada de todos los atributos divinos. Esta cuestión, que los escolásticos han nombrado como la de “la esencia metafísica de Dios”, o la del “constitutivo formal de la esencia divina”, es aquella de la que nos ocupamos ahora.

Sobre el Comunicado de Prensa emitido por el Comité Ejecutivo de la CEA respecto del Aborto en Argentina

Semántica cobarde para un Catolicismo en retirada  Ernesto Alonso        Es poco decir, “semántica cobarde” para calificar y enjuiciar el Co...

Entradas populares de los últimos 30 días